REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 04 de Mayo de 2005
193° y 145°
Por presentada la anterior solicitud junto con sus recaudos anexos, por sus firmantes ciudadanos LUIS CARLOS SALAZAR CARRASCO y ANDREINA CAROLINA ÁLVAREZ VALLE, mayores de edad, venezolanos, cónyuges entre sí, titulares de la Cédula de Identidad Nos. V-7.133.157 y V-12.605.617, respectivamente, de este domicilio, asistidos por el Abogado JUAN FERNANDO GUERRA COGORNO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 61.242, de este domicilio, se admite cuanto ha lugar en derecho. Previa lectura acordada por Secretaría y hallada conforme por los manifestantes, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SEPARADOS LEGALMENTE DE CUERPOS Y BIENES a los cónyuges anteriormente nombrados, bajo las condiciones estipuladas en el citado escrito.
La Juez Titular,

ABOG. RORAIMA BERMÚDEZ G.-.
Los Cónyuges Manifestantes,
X
X
El Abogado Asistente,
X
La Secretaria Titular,