JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 26 de mayo de 2.005
Año 195º y 146º
DEMANDANTE: MANUEL JOSE GARCIA GARCIA
DEMANDADO: ISOLINA YSABEL VILORIA TROMPIZ
MOTIVO: DIVORCIO
EXPEDIENTE: Nro.47.680.-
Visto la anterior diligencia, presentada por la ciudadana ISOLINA YSABEL VILORIA TROMPIZ, identificada en autos, asistida por la Abogada SUSAN ORTEGA, Inpreabogado Nro.66.819, parte demandada y por la otra parte el Abogado ARNALDO AVENDAÑO PEREZ, Inpreabogado Nro.34.733, actuando en nombre y representación del ciudadano MANUEL JOSE GARCIA GARCIA, identificado en autos, parte actora y visto el ACUERDO DE LIQUIDACIÓN Y PARTICION DE BIENES celebrado entre las partes, este Tribunal considerando que las mismas son capaces, que los derechos respecto a los cuales se convienen son disponibles y que no han sido violadas normas del orden público, le imparte su HOMOLOGACIÓN a dicho ACUERDO en nombre de la República y por Autoridad de la Ley. Procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Igualmente se acuerda expedir cuatro (4) copias fotostáticas certificadas del acuerdo presentado por las partes, y del presente auto de homologación. Para lo cual se comisiona a la ciudadana Asua Álvarez de Hernández, Asistente Judicial, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-
La Juez Suplente Especial,

Abog. LUCILDA OLLARVES VELASQUEZ
La Secretaria,

Abog. MAYELA OSTOS FUENMAYOR
Se hizo lo ordenado. Se libraron cuatro (4) certificaciones.-
La Secretaria,

EXP. Nro.47.680.-
Asua.-