REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, BANCARIO Y AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 11 de mayo de 2005
195º., y 146º.
DEMANDANTE: ASOCIACIÓN CIVIL CONDOMINIO CENTRO COMERCIAL PATIO TRIGAL (APODERADO JUDICIAL) ABOGADO ARMANDO MANZANILLA MATUTE Y OTROS.
DEMANDADO: INVERSORA CONTINENTE, C.A.
MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE CONCESION Y RESARCIMIENTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS
EXPEDIENTE No. 49.288

Visto el recurso de Regulación de la Competencia ejercido por el abogado LEONARDO DÓNOFRIO, en fecha 11 de mayo de 2005, en contra de la decisión de fecha 20 de abril de 2005, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil, ordena remitir copia certificada de la solicitud de la Regulación de la Competencia, que corre a los folios doscientos setenta y tres (273) al doscientos setenta y seis ( 276) ambos inclusive, así como del presente auto, al Juzgado Superior Distribuidor en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Se suspende el curso de la presente causa, hasta tanto conste en autos las resultas de la decisión del recurso de Regulación de la Competencia, por el Tribunal Superior correspondiente.
Remítase las copias certificadas al Juzgado Superior correspondiente, mediante oficio.
La Juez Suplente Especial,


Abog. LUCILDA OLLARVES VELASQUEZ,

La Secretaria,


Abog. MAYELA OSTOS FUENMAYOR,

En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión, se expidieron copias y se remitieron con oficio bajo el No. 885 al Juzgado Superior Distribuidor respectivo.-

La Secretaria,