REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 12 de mayo de 2.005.
195° y 146°

Por presentada la anterior solicitud de DIVORCIO por el procedimiento especial previsto en el Articulo 185-A, del Código Civil, por los ciudadanos: ROMEL ALBERTO ROJAS VENTURA y TIBISAY NELO RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.311.139 y V-12.603.321, respectivamente, asistidos en este acto por la abogada MARIA ELVIRA MERCADO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.142.344, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.454, de éste domicilio, junto con sus recaudos anexos, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Emplácese a las partes para que comparezcan por ante este Tribunal en el tercer (3ER) día de despacho siguientes después de admitida para que ratifiquen o no el contenido de la solicitud. Cítese a la Fiscal Vigésimo Primera del Ministerio Público para que concurra por ante este Tribunal dentro del décimo (10mo) día siguiente de despacho, después de citado y manifieste lo que crea conveniente sobre la solicitud, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil. Expídase copia certificada y líbrese boleta.-
LA JUEZ,

Dra. ROSA MARGARITA VALOR.
LA SECRETARIA,

Abg. LEDYS ALIDA HERRERA R.

Se libro Boleta en la misma fecha.-
LA SECRETARIA,

Abg. LEDYS ALIDA HERRERA R.
Exp. Nro.51.326.-
RMV/eg.-