REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 17 de Marzo del 2.005
194° y 146°
Visto y revisado como ha sido el presente expediente, éste tribunal ordena: suspender, las medidas de embargo decretadas en fecha 09-06-03, según oficio N° 3191 y las medidas de embargo decretadas en fecha 25-02-04, mediante oficio N°: 981, igualmente, se deja sin efecto el oficio N°: 727 de fecha 29-11-04, que le fueron decretadas al ciudadano BRUCES LOMBERTO GADEA, portador de la Cédula de Identidad N°: 7.089.551, por cuanto sus hijos alcanzaron la mayoría de edad.-Librese oficio, al DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO, a los fines de que tenga conocimiento de tal decisión.-.-
DRA. CARLA VASQUEZ BORGES
JUEZ TEMPORAL DE PROTECCION
ABG. ADELA CARRASCO
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.-
CVB/er:
C-11.847
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