REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
MARTES VEINTIDOS (22) DE MARZO DE 2005
AÑOS 194º Y 146º

Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANTONIETA RAMOS REYNA y el Alguacil Sr. PABLO BASTIDAS.

Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las doce meridiano (12:00 m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la Abogada EMILIA QUINTERO representante judicial de la parte actora JOSE LUIS MEDINA; contra la decisión de fecha 14 de diciembre del año 2004, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Prestaciones Sociales sigue el ciudadano JOSE LUIS MEDINA GOMEZ, contra la Sociedad de Comercio BIMBO DE VENEZUELA C.A. Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto de la Abogada EMILIA M. QUINTERO MONTEMURRO, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte actora JOSE LUIS MEDINA GOMEZ, quien se identifico con el número de Inpreabogado 63.994, parte apelante; igualmente se deja constancia de la presencia de los representantes judiciales de la parte accionada Abogados DALAY P. CASTILO BETANCOURT y WILFREDO CARLOS G. FEO KRISCHKE, quienes se identificaron con los números de Inpreabogado 76.699 y 99.604 respectivamente. Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Actora recurrente; quien expuso las razones y alegatos que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido; igualmente se le otorgó el derecho de palabra a la parte accionada quien expuso sus razones y alegatos. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino haciendo algunas acotaciones y formuló preguntas. En este estado, siendo las 12:40 pasado meridiano, el Tribunal se retiró a deliberar en un lapso no mayor de sesenta (60) minutos. Finalizada la deliberación del presente asunto, siendo la 1:30 de la mañana, previo anuncio del Alguacil en la Sala de Despacho. Acto seguido la ciudadana Juez leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor. En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: 1.-) CON LUGAR la defensa de Prescripción. 2.-) SIN LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JOSE LUIS MEDINA GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.098.647, contra la Sociedad de Comercio BIMBO DE VENEZUELA C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 08 de septiembre de 1965, No. 85, Tomo 37-A. 3.-) SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora. 4.-) Queda Confirmada la sentencia recurrida. 5.-) No se condena en COSTAS por haber devengado el actor menos de tres (3) salarios mínimos de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto conforme a lo dispuesto en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
Se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia. De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta.

Es todo, término, se leyó y conforme firman,



HILEN DAHER DE LUCENA
JUEZ



LA REPRESENTANTE JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA APELANTE



LOS REPRESENTANTES JUDICIALES
DE LA DEMANDADA



ANTONIETA RAMOS REYNA
SECRETARIA

Exp. No. GP02-R-2005-000004
Recurso de Apelación