REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUIICO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 18 de marzo del año 2005
194º y 146º

ASUNTO : GP02-X-2005-000003.

INTIMANTE: JOSE INFANTE
INTIMADA: HIDROJET, C.A.
MOTIVO: INTIMACIÓN DE HOORARIOS PROFESIONALES.


Vista la diligencia de fecha 17 de Marzo del año 2.005, suscrita por el abogado y parte intimante JOSE INFANTE , inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número48.558, en la cual deja expresa constancia que la INTIMADA HIDROJET, C.A., le cancelo los Honorarios Profesionales reclamados, este Tribunal observa que por cuanto la misma no es contraria a Derecho y versa sobre derechos disponibles a saber, este Tribunal le imparte su homologación a fines de que tenga fuerza de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.

La Juez

Yudith Sarmiento de Flores
La Secretaria

Faridy Suárez


YSdF/FS/Eylyn Rodríguez Rugeles-J