REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

Valencia, 03 de Marzo del año dos mil cinco
194º y 146º

ASUNTO : GP02-L-2005-000238

Vista la diligencia de fecha 01 de Marzo del año 2005, presentada por los ciudadanos CARLOS LUIS GUEVARA, CESAR GONZALEZ, ASDRUBAL JOSE VEGA BORGES, titulares de las Cédulas de identidad números V-4.867.219, V-7.120.053 y V-7.101.237, asistidos por el abogado en ejercicio FERNANDO CURIEL CALDERON, inscrito en el inpreabogado bajo el número 54.661, actuando en este acto con el carácter de demandantes, mediante la cual DESISTEN DE LA DEMANDA intentada en fecha 16 de Febrero de 2005, en el Expediente identificado N.° GP02-L-2005-000238. Este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo establecieron los demandantes, dándole efectos de Cosa Juzgada; En consecuencia, se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo.
El Juez


Abg. JOSE DARIO CASTILLO S


LA SECRETARIA

Abg. ASTRID GONZALEZ