En horas de Despacho del día de hoy, Dieciocho (18) de Marzo del año dos mil Cinco (2005), siendo las Nueve y media (09:30) de la mañana; día y hora fijadas por este Tribunal para practicar Inspección Judicial solicitada por el ciudadano JULIO MANUEL MORALES BORDONES , titular de la Cédula de Identidad N° V-2.754.805, debidamente asistido por el Abogado JAVIER RODRIGUEZ ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.079, constituido el JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en la sede del mismo ubicado en la Calle Ayacucho, Barrio El Carmen, Casa N° 8 del Municipio Diego Ibarra, Mariara, Estado Carabobo, el Tribunal procede a practicar la INSPECCIÓN JUDICIAL acordada sobre el documento presentado como anexo “A” junto con la solicitud, del cual se evidencia la Cancelación de Hipoteca de un inmueble por parte del ciudadano GUIDO ROSSILLI CHIARENTIN, titular de la cédula de identidad N° 2.522.539, al ciudadano VICENTE ADOLFO RODRIGUEZ DELGADO, titular de la cédula de identidad N° 848.013; seguidamente el Tribunal acuerda la petición del solicitante indicada en el PARTICULAR ÚNICO del capítulo primero del escrito de solicitud y procede a realizar la transcripción computarizada del contenido íntegro del documento que se menciona supra, en papel sellado separado el cual formará parte de la presente solicitud. Haciéndole saber al solicitante que deberá suministrar a este Tribunal todos los emolumentos para los fotostatos necesarios de todas estas actuaciones a los fines de que las mismas sean resguardadas en el archivo de este Juzgado en copias certificadas. Es todo. Terminó siendo las diez (10:00) de la mañana Se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ PROVISORIO,
EL SOLICITANTE,
EL ABOGADO ASISTENTE,
LA SECRETARIA TITULAR
SOL.494-05.-
ALA/ACGQ/Gladys.-
|