JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 18 de Marzo de 2005
194º y 146º
Por recibida la presente comisión, proveniente del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO: Sala de Juicio Nº. 1, Juez Unipersonal Nº 2. Désele entrada, anótese en los libros respectivos, asígnesele número y cúmplase. Entréguese Boletas al Alguacil de este Tribunal, a fin de que haga efectiva las CITACIÓNES a los ciudadanos: JOSE MANUEL MENDOZA GONZALEZ, SOL ENCARNACION MENDOZA GONZALEZ, NELSON MANUEL MENDOZA GONZALEZ, IRIS MENDOZA GONZALEZ, MELBA BEATRIZ MENDOZA GONZALEZ, MIRTHA D. MENDOZA GONZALEZ y NELSON OVALLEIRO MENDOZA GONZALEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 9.979.023, 4.225.132, 7.234.204, 4.550993, 7.189.499,7.247.097 y 4.225.134 respectivamente, quienes pueden ser ubicados en: Barrio EL Carmen, Calle Padre María, Nº 10, Mariara, Estado Carabobo, en relación a la demanda de NULIDAD DE REUNION CONCILIATORIA interpuesta por los ciudadanos NELSON C. MENDOZA GONZALEZ y AURA E. MENDOZA, actuando en representación de la ciudadana AURA RAMONA GONZALEZ, asistidos por el Abogado BULMARO PEÑA ROSALES. Haciéndosele saber a la parte interesada la obligación que tiene de sufragar los emolumentos del Alguacil de este Tribunal, a los fines de la practica las citaciones ordenadas, todo de conformidad con el Articulo 12 de la Ley de Arancel Judicial y sentencia Nº 537 de fecha 06 de Julio del 2004, emanada de la Sala Civil del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.
El Juez Provisorio


Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
La Secretaria Titular

Abg. ANNABELLA GARCIA Q.

En igual fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo él, N° 2231 y se entregaran recaudos al Alguacil de este Despacho, en su oportunidad.
La Secretaria Titular


El Alguacil
COM. N° 2231
ALA/AGQ/Gladys.