JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 15 de Marzo de 2005
194º y 146º

Vista la anterior solicitud, suscrita por las ciudadanas: MARITZA MEDINA y GUAILA RIVERO, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-7.003.180 y V-6.688.124, Abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo los Nºs. 61.816 y 35.290 respectivamente. Désele entrada, asígnesele número, anótese en los libros respectivos. En consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición expresa de la Ley, se ADMITE cuanto a lugar en derecho, la solicitud contentiva de NOTIFICACION. Por consiguiente, se ordena la entrega la entrega de la Boleta de Notificación al Alguacil Titular de este Tribunal, a los fines de que se NOTIFIQUE a la Ciudadana: EDALIBETH DEL VALLE GUANCHEZ DE BASTARDO, titular de la cédula de identidad Nº 7.212.930, quien puede ser ubicada en: Urbanización Las Brisas, parcela Nº 442, Manzana Nº 19, Municipio Diego Ibarra, Mariara, Estado Carabobo. Haciéndole sabe a la parte solicitante que deberá sufragar los emolumentos al Alguacil, todo de conformidad con el Articulo 12 de la Ley de Arancel Judicial y sentencia Nº 537 de fecha 06 de Julio del 2004.
El Juez Provisorio


Dr. ANGEL LEONARDO ANSART

La Secretaria Titular


Abg. ANNABELLA GARCIA Q.

En igual fecha se cumplió con lo ordenado, se le dio entrada bajo el Nº 490-05, se entregaran recaudos al alguacil en su oportunidad.

La Secretaria Titular,
El Alguacil,




SOL: Nº 490-05
ALA/AGQ/Ariela*