TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala de Juicio Nº 1, Juez Unipersonal Nº 3

Valencia, 01 de junio de 2005
Años: 195º y 146º

Visto el escrito de solicitud presentado por la ciudadana YOSELYN DEL CARMEN VELANDRIA GARCIA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.053.246, actuando en su carácter de madre y representante de los niños DAVID JESUS, DEIBYS MOISES y EVA YOSDEIVI ZAMBRANO VELANDRIA, debidamente asistida por la abogado SOCORRO ARRAEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nº 54.694, mediante el cual solicita AUTORIZACION JUDICIAL para proceder a cobrar y recibir en representación de sus hijos, la suma que le pertenece por los beneficios que le otorga el Gobierno de Carabobo a los herederos del ciudadano DEIBY TORIBIO ZAMBRANO BRIZUELA, quien era titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.008.344 y se desempeñaba como Funcionario del Orden Público, adscrito a la Comandancia General de Policía del Estado Carabobo.- Dichos beneficios son los siguientes: PRIMERO: PRESTACIONES SOCIALES, deben ser solicitadas ante la Tesorería de la Gobernación del Estado Carabobo. SEGUNDO: CAJA DE AHORROS, debe ser solicitada ante la Oficina de la Caja de Ahorros de los Funcionarios Policiales. TERCERO: AHORRO HABITACIONAL, debe ser solicitada ante la Oficina Central de la Entidad de Ahorros y Prestamos “FONDO COMUN” en Valencia, Estado Carabobo.- Visto igualmente los recaudos y actuaciones que integran el presente expediente, habiéndose notificado a la ciudadana Fiscal Especializada en Materia de Protección del Niño y del Adolescente del Ministerio Público del Estado Carabobo, quien no hizo objeción a la presente solicitud; esta SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Autorizar suficientemente a la ciudadana YOSELYN DEL CARMEN VELANDRIA GARCIA, para que en su carácter de madre y representante legal de los niños DAVID JESUS, DEIBYS MOISES y EVA YOSDEIVI ZAMBRANO VELANDRIA, efectúe los trámites correspondientes al cobro de los beneficios antes descritos.- Se hace la Salvedad a los Encargados de los diferentes Organismos que únicamente la cuota parte que les corresponde a los mencionados niños, deberá ser remitida a este Despacho en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO CARABOBO, para ser depositado en un Instituto Bancario de esta localidad a favor de los niños y en resguardo de los intereses.- Expídase por Secretaría y para la parte interesada copia certificada de la presente decisión.-

LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION


DRA. MAGALY PEREZ VELASQUEZ

LA SECRETARIA,

ABOG. MORELA SERENO

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

Exp. Nº S-4.712.-
MPV/ib.-