REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

Valencia, 21 de junio del año dos mil cinco
195º y 146º

SENTENCIA


EXPEDIENTE: GP02-S-2004-000175
PARTE ACTORA: OSWALDO JOSÉ VERA
PARTE DEMANDADA: COMISION DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI)
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

Vista la diligencia de fecha 17 de junio del año 2005, presentado por la parte actora ciudadano: OSWALDO JOSÉ VERA, plenamente identificado en autos asistido por la profesional del derecho MARIA HERMINIA GRATEROL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 95.514, donde DESISTE del presente procedimiento y de la acción intentada en esta causa.
El Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento no es contrario a derecho, es por lo que este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden publico, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en los términos que se estableció, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en los archivos. Años 195° y 146°. Se ordena librar oficio a los fines del cierre del expediente una vez transcurrido el lapso legal.

LA JUEZ


ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ



LA SECRETARIA

ABG. XIOMARA NATERA