REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintisiete de junio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : GP02-L-2005-001025

AUTO



Este tribunal, visto el desistimiento de la acción formulado por el ciudadano WILMER ANTONIO RIVAS, titular de la Cédula de Identidad No. 15.654.145, asistido por la abogado LUISA CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 78.891, mediante diligencia suscrita en fecha 20 de Junio de 2.005, la cual corre inserta a los autos al folio doce (12), este Tribunal observa que el desistimiento lo realiza el demandante, quien posee plena capacidad para formular el mismo en su condición de accionante, encontrándose asistido por un profesional del derecho, y en consecuencia, acuerda otorgarle la respectiva homologación por considerar que se encuentra ajustado a derecho, y no vulnera derechos del trabajador, ni normas de orden publico, dándole EFECTO DE COSA JUZGADA y en consecuencia se da por concluido el proceso.
LA JUEZ

ABG. BEATRIZ RIVAS ARTILES


LA SECRETARIA


ABG. MARJORIE GÓMEZ QUINTERO