REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, 13 de Junio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : GP02-S-2005-000037

Vista la diligencia de fecha 08 de Junio de 2005, presentada por el ciudadano JORGE ROBLES AGUILAR, titular de la cédula de identidad N.° V- 6.278.013, en su carácter de demandante, debidamente asistido por la abogada en ejercicio MAGNORIS DEL VALLE ASCANIO. inscrita en el Inpreabogado bajo el número 101.576 y el abogado JUAN SEBASTIAN LEON inscrito en el Inpreabogado bajo el número 98.471, actuando con el carácter de apoderado judicial de la empresa demandada, mediante la cual pone fin a la controversia mediante DESISTIMIENTO. En consecuencia, este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo estableció el demandante, dándole efectos de Cosa Juzgada; Se ordena el cierre y archivo del expediente.
El Juez


Abg. JOSE DARIO CASTILLO S


LA SECRETARIA

Abg. MAYELA DIAZ