REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 30 de Junio de dos mil cinco.
195º y 146º


ASUNTO: GP02-S-2005-000152

Visto que la parte demandante, expresa por medio de diligencia, consignada en fecha 29 de junio de 20005, “Desisto del presente procedimiento incoado contra la empresa C.A, GOOD YEAR DE VENEZUELA”, en tal virtud, este tribunal, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO realizado por la parte actora y da por terminado este proceso, en consecuencia ordena el cierre y archivo del presente expediente.


El Juez


Abg. Noris B. Godoy Villegas.





La Secretaria

Abg. Loredana Massaroni.