REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, veintisiete de junio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: GP02-L-2005-001001

Visto el acuerdo transaccional presentado por la ciudadana Lill Confortti, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.959.346, quien se encuentra asistida por la abogada Glenda Guevara y Farmacia Analítica II, C.A, representada por el ciudadano Lope Vicente Alastre Higuera, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.848.433 quien se encuentra asistido por la abogada Katiuska Rivera, y habiendo la jueza del despacho interrogado a la trabajadora quien manifestó absoluta y total conformidad con el acuerdo firmado, y por cuanto se observa que el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, este Tribunal lo homologa y el mismo tendrá efecto de cosa juzgada.

El Juez

El Secretario

Abg. Emilia Yrureta Ortiz Abg. Oliver Gómez.