ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2005-000094
PARTE ACTORA: JHOEL MANUEL DIMAYO FREITEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: VIGILANTES GUACARA C.A. y SUPERENVASES ENVALIC, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy 15 de Junio de 2005, siendo las 2:22 PM, habiéndose fijado la presente audiencia para las 2.00 p.m, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la continuación de la Audiencia Preliminar, y encontrándose presente la representación judicial de las demandadas de autos Vigilantes Guacara, C.A y SUPERENVASES ENVALIC, C.A, Abogadas Julia Fernández y Yamari Cordero respectivamente, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 y 195.



El Juez

El Secretario

Abg. Emilia Yrureta Ortíz





Los Presentes
ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2005-000151
PARTE ACTORA: JOSE JOAQUIN TARAZONA HASBIM
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬______________________
PARTE DEMANDADA: HORIMAR IMPRESOS, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:__________________
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO


En el día hábil de hoy 15 de Junio de 2005, siendo las 11:21 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia PRELIMINAR, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 y 195.



El Juez

El Secretario

Abg. Emilia Yrureta Ortiz





Los Presentes
(No asistieron)