REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de Puerto Cabello
Puerto Cabello, 21 de Junio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : GP11-S-2003-000104
ASUNTO : GP11-P-2004-000001

Por cuanto fue recibido ante este Despacho, el asunto seguido en contra del ciudadano DOUGLAS JESUS ARIECHI GUTIERREZ, conjuntamente con el Cuaderno Separado contentivo del Recurso de Apelación interpuesto por el Fiscal Vigésimo Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, YOELKIS ADRIAN MORENO, el cual fue declarada CON LUGAR en fecha 31 de mayo del presente año, con ponencia del Magistrado OCTAVIO ULISES LEAL BARRIOS, y se ordena la realización de un Juicio Oral y Público por un Juez distinto al que conoció de la Sentencia anulada, este Tribunal previo a ejecutar lo indicado, se avoca al conocimiento del presente asunto y tomando en consideración que:

La Decisión de la Corte de Apelaciones, referida anteriormente establece en su Dispositiva, lo siguiente:

“ ..PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Vigésimo Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con fundamento en el ordinal 4° del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO. ANULA la sentencia objeto de impugnación dictada el 21 de febrero de 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello; TERCERO: REPONE la causa al estado de que se celebre un nuevo juicio oral y público ante un juzgador distinto al que dictó el sobreseimiento anulado…” (Sic. Omissis. Negrillas Propias).

Planteado el asunto en la forma en que precede, este Tribunal pasa a dar cumplimiento a lo ordenado por la Corte de Apelaciones y en consecuencia se fija el Juicio Oral y Público en el presente asunto para el día veinticinco (25) de noviembre de 2005, a las 11:30 a.m. en la Sala de Audiencias N° 2 de esta Extensión Judicial, de acuerdo al sistema de agenda única que rige en este Circuito Judicial Penal. Así se decide expresamente.

DISPOSITIVA

En mérito a las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Fija el Juicio Oral y Público en el presente asunto para el día veinticinco (25) de noviembre de 2005, a las 11:30 a.m. en la Sala de Audiencias N° 2 de esta Extensión Judicial, Segundo: Se ordena la citación de testigos y expertos, Tercero: Notifíquese a las partes del avocamiento y del contenido de esta decisión. Cúmplase.



Anna María Del Giaccio Celli.
Juez Titular en Funciones de Juicio 1
Del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo,
Extensión Puerto Cabello.



La Secretaria,

Abogado. Eliana Rodulfo.





En la misma fecha se cumplió lo ordenado.




La Secretaria,

Abogado. Eliana Rodulfo


AMDC/er
GP11-P-2004-000001