REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES
Valencia, 2 de Junio de 2005
Años 195º y 146º
ASUNTO : GV01-S-2003-000042
De la revisión efectuada a la presente causa se observa que en fecha 07-05-04, este tribunal, a solicitud de la Fiscalía del Ministerio Público, con fundamento en el Artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acordó el Sobreseimiento Provisional de la presente causa, según auto que corre inserto al folio 23; ahora bien, desde esa fecha, hasta el día de hoy han transcurrido mas de un (1) año y es, por lo que este Tribunal, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la ley, de conformidad con lo pautado en el Artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, en la que aparece como imputada en la comisión del delito tipificado en el artículo 407 del Código Penal vigente para ese momento, la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA , quien se encuentra perfectamente identificada al folio 23. Notifíquese a las partes. Líbrense boletas. Déjese copia certificada en los respectivos copiadores. Cúmplase.
La Jueza
Soraya Perez Rios