REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Valencia, 15 de Junio de 2005
Años 195º y 146º
ASUNTO : GJ01-P-2002-000330
Juez 11° de Control: ILEANA VALBUENA
Fiscal: ANGELICA GONZALEZ
Motivo: ORDEN DE CAPTURA
Vista la solicitud efectuada por ANGELICA GONZALEZ, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio, en donde solicita de este Tribunal de Control se libre ORDEN DE CAPTURA al imputado ALBERTO ROMERO ARQUIMEDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.794.401, con domicilio en la calle El Amor, casa s/n, Barrio San Agustín, Estado Carabobo, en virtud sus reiteradas incomparecencias a la realización de la Audiencia Preliminar, en la causa seguida por ante este Tribunal y signada con la nomenclatura GJ01-P-2002-000330, por el delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el ordinal 4° del artículo 455 del Código Penal en relación con el último aparte del artículo 80 ejusdem.
Este Tribunal en Funciones de Control para decidir hace las siguientes consideraciones: PRIMERO: En fecha 20-06-2002, el Ministerio Público presentó formal acusación en contra del imputado ALBERTO ROMERO ARQUIMEDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.794.401, con domicilio en la calle El Amor, casa s/n, Barrio San Agustín, Estado Carabobo, por el delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el ordinal 4° del artículo 455 del Código Penal en relación con el último aparte del artículo 80 ejusdem; SEGUNDO: En fecha 01-07-2002, este Tribunal de Control por auto de esa misma fecha, acordó fijar Audiencia Preliminar para el día 05-08-20024 a las 09:30 am, siendo diferida en CATORCE (14) oportunidades, en virtud de no haber comparecido el imputado de autos a la realización del respectivo acto; por lo que el Ministerio Público solicitó se le libre ORDEN DE CAPTURA; Luego de efectuadas las anteriores consideraciones, esta juzgadora considera procedente lo solicitado por el Ministerio Público como titular de la acción penal; en consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA ORDEN JUDICIAL DE CAPTURA y PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL PAIS, para el ciudadano ALBERTO ROMERO ARQUIMEDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.794.401, con domicilio en la calle El Amor, casa s/n, Barrio San Agustín, Estado Carabobo, todo de conformidad con el artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. ASI SE DECIDE. Cúmplase. Ofíciese lo conducente a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y al Ministerio del Interior y Justicia. Notifíquese. Líbrense oficios. Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Tribunal Control a los Quince (15) días del mes de Junio de 2005.-
LA JUEZ 11° DE CONTROL
ILEANA VALBUENA
LA SECRETARIA
YAMILEE MARTINEZ