REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
DEMANDANTE: LUIS GONZAGA MARTINEZ OLIVERO
ABOGADOS: CORINA HELENA CORTES OLIVEROS e YSAMAR DEL
VALLE SILVA MEJIAS
MOTIVO: INSERCIÓN PARTIDA DE NACIMIENTO
SENTENTECIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE: 17.395
Sustanciada como fue la presente causa, procede este Tribunal a dictar su fallo, lo cual hace en los términos que a continuación se exponen:
Por escrito presentado el 01 de Octubre de 2004, las abogadas CORINA HELENA CORTES OLIVEROS e YSAMAR DEL VALLE SILVA MEJIAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 12.997.488 y 12.997.356 respectivamente, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 86.430 y 86.414 en su orden, en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano LUIS GONZAGA MARTINEZ OLIVERO, venezolano, mayor de edad, casado, médico de profesión, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-1.352.332 y de este domicilio; demandaron la Inserción de la Partida de Nacimiento de su representado.
Recibida por Distribución, es admitida la misma el 28 de octubre de 2004, se acordó oficiar a la Dirección de Migración y Zonas Fronterizas (Departamento de Movimiento Migratorio) de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONI-DEX) Caracas, Distrito Capital, a fin de que informara si dicho ciudadano se encontraba registrado como de nacionalidad extranjera.
El 27 de Enero de 2005 la parte actora, consigna la comunicación emanada de la Dirección General de Identificación y Extranjería, Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central Departamento de Datos Filiatorios, la cual fue agregada a los autos en la misma fecha.
El 11 de Abril de 2005, se libraron Edicto y Boleta de Notificación a la Fiscal Décimo Octava, del Ministerio Público, en Materia de Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
El 25 de Abril de 2005, la parte actora consigna el Edicto publicado, siendo agregado en la misma fecha.
El 26 de Abril de 2005, fue notificada la Fiscal del Ministerio Público en Materia de Familia.
El 27 de Abril de 2004, es recibida comunicación de la Dirección General de Identificación y Extranjería, Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central Departamento de Datos Filiatorios.
El 30 de Mayo de 2005, la parte actora presenta escrito de pruebas. Dichas pruebas fueron admitidas el 31 de Mayo de 2005.
La Solicitante en su escrito libelar, alegó entre otras cosas lo siguiente:
Que el día 25 de diciembre de 1938, a las 6:00 de la mañana, tuvo lugar el nacimiento de su representado, que el mismo nació en el Municipio Candelaria, Calle Manrique, Nro 69, de la ciudad de Valencia, siendo sus padres los ciudadanos LUIS MARTINEZ TORREALBA, de Treinta y Ocho (38) años de edad, casado, de profesión mecánico textil y de este domicilio y ANA OLIVERO DE MARTINEZ, de dieciocho (18) años de edad, casada, venezolana y de este domicilio, ambos fallecidos, que los libros donde debió aparecer el acta de nacimiento de su representado se encuentran deteriorados, como se evidencia de las certificaciones expedidas por la Oficina de Registro Civil de las Parroquias Candelaria y Santa Rosa y por el Registrador Principal del Estado Carabobo, que en virtud de lo expuesto, es que demandan la Inserción de la Partida de Nacimiento de su representado, fundamentan la misma de conformidad con los Artículos 458 y 505 del Código Civil Venezolano vigente, que la misma sea insertada en los libros de registro de nacimiento correspondientes.
Se trata de una acción especial, prevista en el artículo 769 del Código de Procedimiento Civil, tendiente a insertar en los Libros de Registro Civil, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 458 del Código Civil, la partida de nacimiento del ciudadano LUIS GONZAGA MRTINEZ OLIVEROS.
ANÁLISIS DEL MATERIAL PROBATORIO:
Al ser admitida la demanda se ofició a la Dirección de Migración y Zonas Fronterizas (Departamento de Movimiento Migratorio) de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, (ONI-DEX), Caracas, Distrito Capital.
Al folio 2, corre inserta copia fotostática de la cédula de identidad del solicitante, ciudadano LUIS GONZAGA MRTINEZ OLIVEROS, a los folio 5 y 6, se encuentran insertas las actas de defunción de los ciudadanos LUIS GONZALO MARTINEZ TORREALBA y ANA CECILIA OLIVEROS DE MARTINEZ, progenitores del ciudadano LUIS GONZAGA MRTINEZ OLIVEROS.
A los folios 08 y 10, corren agregadas constancias expedidas por el Registrador Principal Civil del Estado Carabobo y por el Jefe de la Oficina de Registro Civil de las Parroquias Candelaria y Santa Rosa, del Municipio Valencia del Estado Carabobo, de donde se desprende que la partida de nacimiento del solicitante, ciudadano LUIS GONZAGA MARTINEZ OLIVEROS, se encuentran deteriorados.
Dichos documentos son valorados por quien juzga en su pleno valor probatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.360 del Código Civil, documentos estos de donde se evidencia la veracidad de los hechos planteados.
Igualmente a los folios 16 y 25, corren agregados los oficios Nros. 1-0501-9687 y 9776, de fechas: 16-12-2004 y 07-03-2005, emanados de la Dirección General de Identificación y Extranjería, Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central Departamento de Datos Filiatorios, en el cual hacen constar que LUIS GONZAGA MARTINEZ OLIVEROS, no aparece registrado en los archivos de esa Dirección, el cual es apreciado por esta Juzgadora, al folio 21 corre agregado el ejemplar del diario EL NACIONAL de fecha 15-04-2005 en el cual aparece publicado el Edicto que se ordenó en el auto de fecha 11-04-2005.
Con todos los anteriores medios probatorios, y como quiera que ningún tercero formuló oposición a la solicitud de la actora, queda establecido que el día 25 de diciembre de 1938, nació en el Municipio Candelaria, Calle Manrique, Nro 69, de esta ciudad de Valencia, el ciudadano LUIS GONZAGA MARTINEZ OLIVEROS, quien es hijo de los ciudadanos LUIS MARTINEZ TORREALBA, y ANA OLIVERO DE MARTINEZ.
En consecuencia, es procedente la Inserción de su partida de nacimiento, tal como lo dispone los artículos 458, 505, 507 del Código Civil Venezolano.
Por las razones de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, intentada por el ciudadano LUIS GONZAGA MARTINEZ OLIVEROS y, en consecuencia, ordena que se envíe copia de esta sentencia al Registro Civil de las Parroquias Candelaria y Santa Rosa, Municipio Valencia del Estado Carabobo, a fin de que se sirva asentar en los Libros de Registro Civil respectivos, la partida de nacimiento del ciudadano LUIS GONZAGA MARTINEZ OLIVERO, venezolano, mayor de edad, casado, médico de profesión, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-1.352.332 y de este domicilio, quien nació en fecha 25 de diciembre de 1938, en el Municipio Candelaria, Calle Manrique, Nro 69, de esta ciudad de Valencia, quien es hijo de los ciudadanos LUIS MARTINEZ TORREALBA, y ANA OLIVERO DE MARTINEZ.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los veintidós (22) días del mes de Junio del año dos mil cinco (2.005)-.
Años: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
La Juez Titular,
Abog: Roraima Bermúdez G.
La Secretaria Temporal,
Carmen Martínez
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia a las 10:30 minutos de la mañana.-
La Secretaria Temporal,
Carmen Martínez
Exp. N° 17.395.-
mr
|