REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO


EXPEDIENTE: GP02-R-2005-000433
DEMANDANTE: PABLO GIL
ABOGADO ASISTENTE: NANCY CASTILLO MORENO
DEMANDADO: GUARDIANES PARAMACONI, C.A.
APODERADO JUDICIAL: ALEJANDRO AMARAL
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy siete (07) de julio de 2005, siendo las 12:00 m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y publica, se deja constancia que la parte demandante y recurrente ciudadano PABLO GIL, titular de la cédula de identidad Nº 5.028.124, no compareció por si ni apoderado judicial, por lo que ante su incomparecencia este Juzgado Superior Tercero del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDA LA APELACIÓN INTENTADA, de conformidad a lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. No hay condena en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 ejusdem.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE la presente decisión. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
La Juez,


Ketzaleth Natera Z.

La Secretaria,

Abog. Joanna Chivico

En la misma fecha se publicó la presente decisión, siendo las 12:45 p.m.

La Secretaria,

Abog. Joanna Chivico

KNZ/JCH