REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
VIERNES OCHO (08) DE JULIO DEL AÑO 2005
AÑOS 195º Y 146º

Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANTONIETA RAMOS REYNA y el Alguacil Sr. ROMULO VELASQUEZ. Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con los recursos de apelación interpuestos por la abogada GRISELDA ROMAN DE REYES en su carácter de Apoderada Judicial deL ciudadano VICTOR JIMENEZ Parte Actora, así como por el abogado VICTOR ORTIZ GARCIA, Representante Judicial de la Demandada que lo es SERME, C.A., contra la decisión dictada en fecha 20 de Enero del año 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Prestaciones Sociales sigue el ciudadano VICTOR JIMENEZ LAGARDE contra SERME, C.A. Se dio apertura al acto y seguidamente el ciudadano Alguacil ROMULO VELASQUEZ, notifica a la ciudadana Juez que en el recinto del Tribunal no se encuentra presente ni la parte actora, ni la parte accionada, ambos apelanteS; en consecuencia este Tribunal deja constancia que ambas partes apelante no se encuentran ni por si ni por Apoderado Judicial que lo representare. Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene y expone: este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION, ejercidos tanto por la parte actora como por la parte accionada contra la decisión de fecha 20 de E-nero del año que discurre, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo., de conformidad con lo dispuesto en el articulo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, queda en estos términos confirmada la sentencia recurrida. Se condena en costas la Parte Demandada visto el desistimiento del Recurso. No se condena en costas a la parte actora apelante por devengar menos de tres (03) salarios mínimos establecidos por la Ley.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto conforma a lo dispuesto en el articulo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta. Es todo, término, se leyó y conforme firman,


HILEN DAHER DE LUCENA.
JUEZ






ANTONIETA RAMOS REYNA
Secretaria







Exp. No. GP02-R-2005-000044
Recurso de Apelación