REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
JUEVES VENTIUNO (21) DE JULIO DEL AÑO 2005
AÑOS 195º Y 146º


Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANTONIETA RAMOS REYNA y el Alguacil Sr. GERARDO GONZALEZ. Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 125 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora abogado BERNARDO DIAZ GRAU, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 718, contra el auto dictado en fecha 20 de Abril del año 2005, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Prestaciones Sociales sigue el ciudadano JOHANN HERMANN SCHAFER HOPF, contra la sociedad de comercio PRODUCTOS CARNICOS SAN SIMON, C.A. Se dio apertura al acto y seguidamente el ciudadano Alguacil GERARDO GONZALEZ, notifica a la ciudadana Juez que en el recinto del Tribunal no se encuentra presente la parte actora apelante; ni la parte demandada, ni por si ni por medio de Apoderado alguno que la representara; en consecuencia este Tribunal deja constancia que la parte actora apelante no se encuentra ni por si ni por Apoderado Judicial que lo representare. Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene y expone: este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION, ejercido por la parte actora contra la decisión de fecha 20 de Abril del año que discurre, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo., de conformidad con lo dispuesto en el articulo 125 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, queda en estos términos confirmada el auto recurrido. No hay condena en costas dada la naturaleza del fallo.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto conforma a lo dispuesto en el articulo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta. Es todo, término, se leyó y conforme firman,



HILEN DAHER DE LUCENA.
JUEZ





ANTONIETA RAMOS REYNA
SECRETARIA



Exp. No. GP02-R-2005-000365
Recurso de Apelación
Anmarielly Henríquez