ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-000539
PARTE ACTORA: ANA MARIA ARTEAGA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LISBETH MORFE y JUAN GARCIA.
PARTE DEMANDADA: CENTRO TERMAL LAS TRINCHERAS, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DALAY CASTILLO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, Veintisiete (27) de Mayo de 2005, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los Abogados en Ejercicio, LISBETH MORFE SALAZAR y JUAN GARCIA, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 56.156 y 33.751, respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de la ciudadana ANA MARIA ARTEAGA, parte actora y por la demandada “CENTRO TERMAL LAS TRINCHERAS, C.A”, representada por el Abogado en Ejercicio WILFREDO FEO, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 99.604, en su carácter de Apoderado Judicial, quienes han llegado al siguiente acuerdo: La parte actora manifiesta que en virtud de los planteamientos de hecho y de derecho que se han ventilado ante este juzgado en el devenir de la audiencia preliminar así como el resultado obtenido del test de laboralidad o dependencia señalado por el Tribunal Supremo de Justicia en la Sala de Casación Social y encuadrados los hechos que rodearon la relación que unió a nuestra representada con la demandada de autos de acuerdo al derecho alegado por esta, se pudo verificar que no nos encontramos en presencia de una relación laboral, sino, mercantil, es por lo que en este acto en nombre de nuestra representada desistimos de la acción y del procedimiento incoado en contra de la firma mercantil Centro Termal Trincheras, C.A y renunciamos a cualquier acción que pudiera existir en contra de la accionada. La parte demandada visto el desistimiento de la acción y del procedimiento presentado por la parte accionante lo acepta y renuncia a las costas que se pudieran haber generado. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada y ordena la entrega de las pruebas a la parte actora y demandada, respectivamente.
La Juez.,
Abg. María Eugenia Núñez Briceño
La Parte Actora.,
La Parte Demandada.,
La Secretaria.,
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