REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Dieciocho (18) de Julio de 2005
195º y 146º
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-000548
PARTE ACTORA: ANGEL GONZALEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: KRISNA VARELA
PARTE DEMANDADA: GINO PIZZA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANDRES LOPEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Vista la diligencia suscrita por la Abogada en Ejercicio KRISNA VARELA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 102.415, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano ANGEL GONZALEZ, en su carácter de parte actora, y por la demandada GINO PIZZA, C.A., representada por el Abogado en Ejercicio ANDRES LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.152, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, quienes han llegado al acuerdo anterior, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .

La Juez.,


Abg. María Eugenia Núñez Briceño
La Secretaria.,


Marjorie Gómez.