REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, once de julio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : GP02-L-2005-000714

Visto el acuerdo transaccional consignado en la audiencia preliminar de esta misma fecha, en la cual las partes han puesto fin a la controversia, y, por cuanto que la mediación ha sido positiva. Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, de conformidad con el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Archívese el expediente. Se ordena expedir (03) copias certificadas del acuerdo y del presente auto, para entregar dos a la parte demandada y otro para su archivo respectivo en el copiador de sentencia de este Juzgado.

EL JUEZ

Abg. Alberto Andrés Rodríguez M.

EL SECRETARIO,

Abg. Oliver Gómez