REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
Valencia, 19 de Julio de 2005
Años 195º y 146º

ASUNTO : GK01-P-2003-000064


Quien Suscribe Juez de Ejecución Nº 4 de este Circuito Judicial Penal pasa a ejecutar la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio en fecha 22 de Junio del 2005 al penado EDGAR ALEXANDER TORREALBA, venezolano, natural de Valencia, Estado Carabobo, de 22 años de edad, nacido el 28-03-1985, titular de la cédula de identidad Nº V.-17.778.47, hijo de Nurbys Yoraima Torrealba Martínez y Héctor Ramón García, residenciado en Parcelas del Socorro II, Barrio Milagro de Dios, calle Génesis, casa N° D-A1-41, Valencia, Estado Carabobo; y en virtud de la competencia dada por el articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Dicho penado fue condenado a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN por la comisión de los delitos de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionado en los artículos 36 de la Ley de Reforma de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y 278 del Código Penal en su orden, más las penas accesorias contempladas en el artículo 16 ibídem, siendo exonerado del pago de las costas procesales; por lo que se pasa a ejecutar la pena impuesta computándose a favor del penado el tiempo de privación de libertad que sufrió durante el proceso, tal como lo establece el artículo 484 de la mencionada Ley de Reforma Parcial en la forma siguiente:

DETENIDO: 25-09-2003

HA CUMPLIDO: 1 año, 9 mes y 24 días

FALTA POR CUMPLIR: 3 años 8 meses y 6 días

CUMPLIRÁ: 25-03-2009

DESTACAMENTO DE TRABAJO: A partir de la presente fecha una vez satisfechos los requisitos exigidos en el artículo 501 del Código orgánico Procesal Penal.


RÉGIMEN ABIERTO: Una vez que cumpla un tercio de la pena impuesta, esto es en fecha 25-07-2005;

LIBERTAD CONDICIONAL: Cuando cumpla dos tercios de la pena, esto es en fecha 25-05-2007.

CONFINAMIENTO: Cuando cumpla las tres cuartas partes de la pena, esto es en fecha 10-11-2007.

En cuanto a las penas accesorias, estas son: Inhabilitación Política mientras dure la pena; y la Sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena desde que esta termine.




DECISIÓN

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, deja ejecutado el computo de la sentencia, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio de fecha 22 de Junio del 2005 al penado EDGAR ALEXANDER TORREALBA, por los delitos de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionado en los artículos 36 de la Ley de Reforma de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y 278 del Código Penal en su orden. Se exhorta al mismo a trabajar y estudiar a los fines de redimir la pena, lo cual se verificara´ de conformidad con el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal, y en el caso de suceder hará que varíen las fechas en las cuales pueda optar a los diferentes beneficios. Trasládese y constitúyase el tribunal en la sede del Internado Judicial Carabobo a los fines de imponer al penado de la presente decisión. Notifíquese a la Defensa y al Fiscal. Líbrese los oficios a la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del recluso y al Internado Judicial Carabobo con su respectiva copia certificada, y déjese copia de la misma, a tal efecto a expídanse tres (03) copias de la presente desición la cual cursará en las actuaciones bajo los folios números 221 y 222. Publíquese, notifíquese, regístrese, ofíciese y remítanse las copias correspondientes. Cúmplase.


El Juez

El Secretario

Abg. Luis Augusto González