REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA
El día de hoy doce (12) de Julio del año dos mil cinco (2005) siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30) a.m.), debidamente constituido el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en compañía de la abogada: Magaly Díaz Veroes, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 22.450, en su carácter de Apoderada Judicial del Instituto Nacional de la Vivienda (Inavi) parte actora, se trasladó a la Urbanización El Saman, sector 4, calle 06 N° 07, Municipio Guacara del Estado Carabobo, jurisdicción de este Juzgado, a fin de practicar Medida de Entrega Material decretada mediante sentencia por el Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de este Estado en contra de la ciudadana: Sara Rosa Torres de Alfonso. Una vez en el sitio, se hicieron los toques de ley, no acudiendo persona alguna al llamado judicial, en consecuencia se designa cerrajero para dar acceso al inmueble, recayendo la designación en la persona del ciudadano José Ángel Ojeda Padrón, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.387.358, quien estando presente prestó el juramento, una vez aceptado el cargo, y autorizado por el Tribunal procedió a la apertura de la puerta principal de dicho inmueble. Siendo las once y cuarenticino minutos de la mañana, (11:45 a.m.) se hizo presente la ciudadana: Eva del Carmen Bolívar, titular de la Cédula de Identidad N° 13.041.394, quien manifestó ser la ocupante del inmueble con su grupo familiar y a quien se le notificó de la misión del Tribunal, manifestando que la habita en calidad de cuidadora, y en vista de la circunstancia, hace entrega voluntaria del inmueble, procediendo de inmediato a trasladar sus bienes a otra dirección en este mismo Municipio, bajo su cuenta y riesgo.- En este Estado el Tribunal ordenado como ha sido por el Tribunal de la causa y en cumplimiento a los ordenado, hace entrega material del inmueble constituido por una Casa ubicada en la Urbanización El Saman, sector 4, calle 06, N° 07, Municipio Guacara del Estado Carabobo, y lo pone en posesión de la apoderada judicial del Instituto Nacional de la Vivienda (Inavi) en la persona de la abogada Magaly Díaz Veroes, quien lo recibe conforme para su representada. Se hace entrega del inmueble libre de personas, bienes y animales. Se da por terminado el presente acto, se deja constancia que no se presentó incidencia alguna, que no fueron violados derechos y garantías Constitucionales, que las firmas que suscriben la presente acta fueron estampadas en forma voluntaria sin coacción ni apremio. El Tribunal se hizo acompañar de una Comisión Policial adscrita al Comando de Policía Estadal del Municipio Guacara Estado Carabobo con sede en el sector Araguita; comandada por el Cabo Segundo Javier Alvaez, placa N° 4447.- Es todo.- Cumplida como ha sido la misión, el Tribunal acuerda regresar a su sede habitual siendo las dos y treinta minutos de la tarde del día de hoy.- Terminó, se leyó y conformes firman: La Juez Provisoria. (Fdo.) Ilegible. Abg., Gisela C. Giménez.- La Notificada, (fdo) Bolívar.- El Cerrajero Designado, (fdo) ilegible.- Apoderada Actora, (fdo) ilegible.- La Secretaria. (Fdo.) Firma Ilegible Abg., Maria Adelina Ortega.-
N° 1.056-05