Horas de despacho del día de hoy, Ocho (08) de Julio del año Dos Mil Cinco (2005), siendo las 9:40 a.m., se traslada y constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Abogada Lucía D´Angelo Guarnieri y su Secretaria Yasmila Faria, en la sede de un inmueble constituido por un local comercial distinguido con el N° 14, ubicado en la Avenida Bolívar Sur (vía plaza de toros al lado de la casa del periodista), jurisdicción del Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía de la ciudadana: Lilibeth Maria Gómez Banderas, titular de la cédula de identidad N° V-12.492.549, parte querellante, asistida por la abogada en ejercicio Nayibe Reyes Silvera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.918, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al despacho de comisión emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil del estado Carabobo, en el cual ordeno Amparo a la Posesión a favor de la querellante, con motivo de querella interdictal de amparo a la posesión incoada por la ciudadana: Lilibeth Maria Gómez Banderas, asistida de abogada, contra la Asociación Cooperativa la monumental, R.L., y sus asociadas ciudadanas Ensida Josefina Pitre Gómez, Hortensia Margarita Segovia de Infante y Maria Cervantes. En este estado el Tribunal notifica de la misión a cumplir a la ciudadana: Hortensia Margarita Segovia de Infante, titular de la cédula de identidad N° V-4.796.916, (según despacho de comisión), en virtud de que se le requirió y se negó a presentarla, por supuestamente no portarla “encima”, dicha ciudadana solicita un lapso de treinta (30) minutos para hacerse asistir de un abogado. El Tribunal concede el lapso de treinta (30) minutos y en este acto hace entrega, a la ciudadana: Hortensia Segovia, ya identificada, copia simple del despacho de comisión. El Tribunal notifica de la misión a cumplir a la ciudadana Ensida Josefina Pitre Gómez, titular de la cédula de identidad N° V-6.109.048, igualmente se notifica de la misión a cumplir a la ciudadana: Maria Cervantes, titular de la cédula de identidad N° 22.432.155, asistida por el abogado Franklin López Aude, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.095. Se deja constancia que la ciudadana: Hortensia Margarita Segovia de Infante, titular del a cédula identidad N° V-4.796.916, presento cedula laminada. A continuación el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción del Estado Carabobo, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ordena a la La Asociación Cooperativa la Monumental, R.L., y sus asociadas ciudadanas Ensida Josefina Pitre Gómez, Hortensia Margarita Segovia de Infante y Maria Cervantes, ya identificadas, el cese inmediato en la perturbación a la ciudadana: Lilibeth Maria Gómez Banderas, y su derecho a la posesión, así como Abstenerse de ejercer directamente o a través de interpuesta persona, todo acto de perturbación a la posesión sobre el inmueble, ya identificado, donde se constituyó el Tribunal, ejerce la ciudadana Lilibeth Maria Gómez Banderas, en su carácter de propietaria y actual poseedora del local comercial distinguida con el N° 14, asimismo se le ordena a los querellados, el acatamiento de sentencia dictada por el Juzgado tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 23 de Febrero de 2005, en el cual paralizo totalmente la obra que se esta llevando a cabo en el inmueble ubicado en la avenida Bolívar Sur N° 64-67, al lado de la casa del periodista, vía plaza de toros, Valencia. El Tribunal considera cumplida su misión, se restituye a su sede, da por concluido el acto, se leyó, se termino y conformes firman.
La Juez Temporal
(Firma Ilegible)
Abog. Lucia D’Angelo.

Parte Actora
(Firma Ilegible)
Las Notificadas.
(Firma Ilegible)
Abogada Asistente
(Firma Ilegible)
Abogado Asistente
(Firma Ilegible)

La Secretaria,
(Firma Ilegible)
Abg. Yasmila Faria.