Horas de despacho del día de hoy, Once (11) de Julio del año Dos Mil Cinco (2005), siendo las 10:50 a.m., se traslada y constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Abogada Lucía D´Angelo Guarnieri y su Secretaria Yasmila Faria, en la sede de un inmueble constituido por un local comercial, que es parte de un inmueble residencial de mayor extensión, ubicado en la calle Guzmán Blanco, N° 102-10, Urbanización Los Colorados de la Parroquia San José, Jurisdicción del Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía de la abogada Marilyn Benítez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 106.002, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana: Petra Serena Mauri de Reverón, parte actora, a fin de dar fiel y estricto cumplimento al despacho de comisión emanado del Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, y otros del Estado Carabobo, en el ordenó medidas de Secuestro y Embargo Preventivo, con motivo del juicio por Resolución de Contrato de Arrendamiento, intentado por la parte actora ya identificada, contra el ciudadano: Miguel Ángel de la Cruz Alvarado. A continuación interviene la apoderada actora y expone: “Señalo al Tribunal para que sea Secuestrado el bien inmueble constituido por un local comercial objeto de juicio y donde se encuentra constituido el Tribunal, igualmente solicito que se designe a la Depositaria Judicial Venezuela”. Seguidamente el Tribunal notifica de la misión a cumplir al ciudadano: Miguelangel Alvarado Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° V-16.153.269, parte demandada, asistido en este acto por el abogado en ejercicio Alejandro Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 106.050, y expone: “Me doy por citado, renuncio al lapso de comparencia y de oposición convengo en la demanda por ser ciertos los hechos alegados en el libelo de la demanda, hago entrega en este acto en forma voluntaria del inmueble objeto de demanda, asimismo retiro mis bienes muebles bajo mi riesgo y responsabilidad quedando de esta manera resuelto el contrato de arrendamiento”. A continuación interviene la apoderada actora y expone: “Visto el convenimiento ofrecido por la parte demandada lo acepto igualmente solicito al Tribunal se abstenga de practicar las medidas de secuestro y embargo preventivo”. Seguidamente ambas partes intervienen y exponen: “Solicitamos al Juzgado comitente homologue la presente transacción, se archive el expediente”. A continuación interviene la abogada actora y expone: “Recibo para mi representada el inmueble objeto de juicio en estado de hacerle mantenimiento general, igualmente solicito que la presente comisión sea devuelta al Juzgado comitente”. El Tribunal considera cumplida su misión, da por concluido el acto y se restituye a su sede. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal
(Firma Ilegible)
Abog. Lucia D’Angelo.


La apoderada Actora
(Firma Ilegible)
Parte demandada Notificada.
(Firma Ilegible)

Abogado Asistente
(Firma Ilegible)

La Secretaria,
(Firma Ilegible)
Abg. Yasmila Faria.