REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 28 de Febrero de 2005
194º y 145º
Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA DE CONCILIACION DE REGIMEN DE VISITA, sus recaudos presentados en fecha 24-02-05 por los ciudadanos Defensores del Niño y del Adolescente del Municipio San Diego YULAIMA MICHETTI, MARIA A DE CELIS y MIRLA VILLEGAS, actuando en defensa e interés de los Niños: MIGUEL ANGEL y ROXANA ALVAREZ VELASCO. Désele entrada. Anótese en los libros correspondientes y se admite cuanto ha lugar en derecho. Vista igualmente el Acta Convenio levantada en fecha 31-01-05, en presencia de los ciudadanos defensores, suscrita por los ciudadanos MIGUEL ALGEL ALVAREZ RODRIGUEZ y YUVECI MARGARITA VELAZCO PEREZ titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 12.524.895 y V- 14.025.881 respectivamente. Revisado el contenido de dicha acta y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, ésta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. En consecuencia queda fijado el Régimen de Visita de la siguiente manera PRIMERO: los niños antes identificados serán visitado por su progenitora ciudadana YUVECI MARGARITA VELAZCO PEREZ, cada 15 días los días sábados cuando serán retirados del hogar paterno, hasta el lunes en la mañana donde serán reintegrados al lugar de origen, en horario de 8 a.m. (sábados) hasta las 8 a.m. (lunes) en cuanto a los periodos vacacionales las partes lo definirán de mutuo acuerdo y de manera equitativa.- ambos están de acuerdo con lo antes expuesto. CUMPLASE.- Expídase por Secretaría copia certificada y entréguese Defensora de Protección.-
LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION


DRA. ELOISA SANCHEZ BRITO
LA SECRETARIA


Abg. MORELA SERENO M
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le dio entrada bajo el N° C-25.903.-
ESB/eg.-