REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

EXPEDIENTE: GP02-R-2005-000063
DEMANDANTE: JOSÉ JAVIER POLANCO CAZORLA
APODERADO JUDICIAL: JOSÉ URBINA MOLINA
DEMANDADA: AGUA POTABLE JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy 17 de febrero de 2005, siendo la 1:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y publica, se deja constancia que la parte demandada y recurrente AGUA POTABLE JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ, C.A. no compareció por medio de representante legal ni por medio de apoderado judicial, por lo que ante su incomparecencia este Juzgado Superior Tercero del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDA LA APELACIÓN INTENTADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, se condena en costas al recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 62 ejusdem. Queda confirmada la sentencia de fecha 24 de enero de 2005 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la circunscripción judicial del estado Carabobo.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE la presente decisión. Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
La Juez,


Ketzaleth Natera Z.

La Secretaria,

Abog. Marjorie Gómez

En la misma fecha se publicó la presente decisión, siendo las 1:40 p.m.

La Secretaria,

Abog. Marjorie Gómez