ACTA
N° DE EXPEDIENTE:GP02-L-2004-001352
PARTE ACTORA:JOSE LUIS MANCILLA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Ana Echeverría
PARTE DEMANDADA: VIGILANTES VALENCIA, S.R.L
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DANIEL DELGADO
MOTIVO:PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, Dieciseis (16) de Febrero de 2005, siendo las 10:16 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia, sin embargo se deja constancia de la comparecencia de la Abogada ANA ECHEVERRIA, Procuradora de Trabajadores, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 101.503. Igualmente se deja constancia de la comparecencia del Abogado en Ejercicio DANIEL DELGADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.993, en su carácter de Apoderado Judicial de la demandada, según instrumento poder que lo acredita, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDA LA ACCION Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 y 194.
La Juez.,
Abg. María Eugenia Núñez Briceño
La Secretaria.,
Los Presentes.,
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