ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2004-001567
PARTE ACTORA: PEDRO DOMINGO MORENO A.
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: IRCAR MARIEL GIMENEZ y YURELIS DEL VALLE VELASQUEZ TINEDO
PARTE DEMANDADA: REFRIGERACION TECNICA C.A.
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: VICTOR SCOCOZZA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, veintiocho (28) de Febrero del 2005, día y hora fijado para que se de la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, se dio inicio a la audiencia después de haberse otorgado un tiempo de espera de la hora señalada, con la finalidad de la comparecencia de la parte actora al presente acto. Seguidamente el Tribunal deja constancia de que solo compareció a la AUDIENCIA PRELIMINAR el Apoderado judicial de la empresa demandada abogado en ejercicio, VICTOR SCOCOZZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.875, tal como consta en Poder el cual esta agregado al expediente. Igualmente el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ni por si, ni por medio de apoderado, Judicial alguno, lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución considera que hay Desistimiento por la parte Actora y en consecuencia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 193 ° y 144 °.
EL JUEZ


Abog. JOSE DARIO CASTILLO S.




ABG. APODERADO DE LA DEMANDADA




LA SECRETARIA

ABOG. ASTRID GONZALEZ