REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES
Valencia, 24 de Febrero de 2005
Años 194º y 146º
ASUNTO : GP01-S-2004-000885
Revisada como ha sido la presente causa y celebrada, en fecha del día de guardia del día de ayer la audiencia prevista sólo en lo que respeta al adolescente Leonardo Carvajal Velasquez, con respecto al lapso prudencial, en la que la Representación Fiscal solicitó para éste el Sobreseimiento Definitivo, efectuada como fue la solicitud fiscal respecto a la orden de captura para las otras imputadas, como quiera que el Tribunal constató y de lo propio dejó contancia en el acta de celebración de la referida audiencia que Fabiola Jimenez Rondon sólo scumplió una sola vez con la medida cautelar de presentación y que la adolescente Lucia Carolina Vasquez Ramirez no se presentó en ninguna oportunidad, es por lo que con fundamento en el contenido del artículo 617 de la LOPNA se acordó la declaratoria en REBELDÍA y la CAPTURA de las referidas adolescente perfectamente identificadas al folio siete (07) de la presente causa, para ser traídas una vez capturadas a la sede del Palacio de Justicia en horas de la mañana, en horario comprendido de 8:00 y hasta las 11: 30 a.m., toda vez que se han ausentado del proceso sin que este Tribunal conoczca las causas para ello. Para la celebración de dicha captura debera´n ser resperados todos los derechos fundamentales de las imputadas, so pena de incurrir en violación de los mismos. En consecuencia líbrense los oficios de rigor que fueron ordenados en la audiencia. Cúmplase.
La Jueza
Soraya Perez Rios