REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Valencia, 16 de Febrero de 2005
Años 194º y 145º

ASUNTO : GJ01-P-1999-000182

Juez 11° de Control: ILEANA VALBUENA
Fiscalía Régimen Procesal Transitorio.
Motivo: ORDEN DE CAPTURA

Vista la solicitud efectuada por HECTOR PIMENTEL TROCONIS, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio, en donde solicita de este Tribunal de Control se libre ORDEN DE CAPTURA al imputado LEMUS BRAULINO QUISTIAL QUEMAG, titular de la cédula de identidad N° E-82.064.162, en virtud sus reiteradas incomparecencias a la realización de la Audiencia Preliminar, en la causa seguida por ante este Tribunal y signada con la nomenclatura GJ01-P-1999-000182, por el delito de ACTOS LASCIVOS CALIFICADOS, previsto y sancionado en el artículo 377 del Código Penal en relación con el ORDINAL 1° del artículo 75 ejusdem.

Este Tribunal en Funciones de Control para decidir hace las siguientes consideraciones: PRIMERO: En fecha 30-08-2002, el Ministerio Público presentó formal acusación en contra del imputado LEMUS BRAULINO QUISTIAL QUEMAG, titular de la cédula de identidad N° E-82.064.162, por el delito de ACTOS LASCIVOS CALIFICADOS, previsto y sancionado en el artículo 377 del Código Penal en relación con el ORDINAL 1° del artículo 375 ejusdem; SEGUNDO: En fecha 04-09-2002, este Tribunal de Control por auto de esa misma fecha, acordó fijar audiencia preliminar para el día 26-09-2002 a las 10:30 am; siendo diferida en SIETE (07) oportunidades, en virtud de no haber comparecido el imputado de autos a la realización del respectivo acto; por lo que el Ministerio Público solicitó se le libre orden de captura de conformidad con el artículo 262 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal; Luego de efectuadas las anteriores consideraciones, esta juzgadora acuerda procedente lo solicitado por el Ministerio Público como titular de la acción penal; en consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA ORDEN JUDICIAL DE CAPTURA y PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL PAIS, para el ciudadano LEMUS BRAULINO QUISTIAL QUEMAG, titular de la cédula de identidad N° E-82.064.162, todo de conformidad con el artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. ASI SE DECIDE. Cúmplase. Ofíciese lo conducente a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y al Ministerio del Interior y Justicia. Notifíquese. Líbrense oficios. Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Tribunal Control a los 16 días del mes de Febrero de 2005.-

LA JUEZ 11° DE CONTROL
ILEANA VALBUENA


LA SECRETARIA
ESMERALDA SALAZAR