En horas de Despacho del día de hoy, Lunes Veintiocho (28) de Febrero del año dos mil cinco (2005), siendo las Diez (10:00) de la mañana; compareció voluntariamente por ante este Despacho el ciudadano: JOSÉ RAFAEL PINTO CARRUIDO, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.654.3803, actuando en su carácter de padre y representante de los niños OMITE, en el procedimiento que por obligación alimentaria cursa por ante este Despacho, expediente No. 196-04, y expone: “En virtud de que me encuentro atrasado en dos mensualidades de pago correspondiente al mes de ENERO y FEBRERO 2005, por la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (BS. 80.000,00) cada mes, quedo obligado a depositar de la siguiente manera la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 50.000,00) para el día 07 de Marzo de 2005, y la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 30.000,00) para el día 14 de Marzo del año en curso, y el mes de Febrero para el día 31 de Marzo para ponerse al día con las mensualidades, igualmente notifico que seguiré depositando mensual, constante y consecutivamente la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 80.000,00), que incluyen la Pensión de Alimentos de mis menores hijos, y las que se vayan venciendo a partir de la presente fecha. Asimismo notifica a este Tribunal que quiere visitar a los niños los días: Martes y Jueves a partir de las Cuatro y Treinta (4:30 p.m.) de la tarde hasta las Seis y Treinta (6:30 p.m.), haciéndole saber al ciudadano Juez que cada vez que visito a los niños los encuentro en mal estado (sucios, y mal vestidos), lo que le sugiero a la madre: BANESSA DEL CARMEN ZAMBRANO, que los tenga limpios y arreglados cuando pase a recogerlos. Es todo conformes firman.
EL JUEZ PROVISORIO,



El COMPARECIENTE,



LA SECRETARIA TITULAR,

















EXP. No.196-04
ALA/AGQ/Solmar