JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 22 de Febrero de 2005
194° y 145°
Visto el escrito de solicitud, presentado por el ciudadano: AGUBERLOIZER COLMENARES RAMIREZ, titular de la cédula de identidad No. 3.997.622, y de este domicilio, por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición expresa de la Ley, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que se refiere a que: “Toda persona tiene derecho al acceso a los órganos de la administración de Justicia, para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela Judicial efectiva de los mismos y obtener con prontitud la decisión correspondiente..”, Se admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, háganse las anotaciones en los libros respectivos, asígnesele número y Lìbrese oficio al Ciudadano: DIRECTOR DE PRISIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y JUSTICIA DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, a los fines de que remita a este tribunal, los antecedentes Penales que pudiera registrar el ciudadano: ADELSALES COLMENARES RAMIREZ, quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.663.961 o si el mencionado ciudadano se le ha concedido algún beneficio o medida sustitutiva de privación de Libertad. Para tales efectos se designa como correo especial al ciudadano: AGUBERLOIZER COLMANARES RAMIREZ, titular de la cédula de identidad No. 3.997.622, a los fines de que se traslade a la ciudad de Caracas y tramite lo conducente y lo haga llegar a este Tribunal. Cúmplase lo ordenado, Lìbrese Oficio, tómese Juramento al designado de cumplir bien y fielmente el cargo encomendado y entréguesele una vez cumplidos los tramites de Ley.
El Juez
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Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
La Secretaria
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Abg. ANNABELLA GARCIA QUINTANA
En igual fecha se cumplió con lo ordenado, se le dio entrada bajo el No. 484-05 y se libro oficio No. 22-107-44-097-05.-
La Secretaria
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Abg. ANNABELLA GARCIA Q
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