JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 11 de Febrero de 2005
194° y 145°
Visto el escrito de pruebas presentado por la Abogado: ARMINDA MARIA MENDOZA, con el carácter de apoderada del ciudadano: EMILIO BETANCOR BETANCOR, demandante en este Juicio, Agréguese a los autos y por cuando a las pruebas en el contenidas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, se admiten, cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. En cuando a la certificación catastral, de acuerdo a lo solicitado por la promovente, Cítese al Ciudadano: ARMANDO LOPEZ, Director de Catastro Urbano en el Centro Comercial Luna Park, planta alta Oficina de catastro Urbano, actualmente Dirección de Tierras Municipales y linderos catastrales, a los fines señalados en el artículo 431 del Código de Procedimiento Civil que establece: “Los documentos emanados de terceros que no sean parte en el Juicio, ni causante de las mismas, deberán ser ratificados por el tercero mediante la prueba testimonial. Por consiguiente, Lìbrese boleta de citación y entréguese al alguacil a los fines de la practica de la misma, a objeto de que el mencionado ciudadano comparezca ante este Despacho al primer (1ER) día de despacho siguiente a que conste en autos su citación a las once (11:00 am) de la mañana, a los fines de que se le de cumplimiento a lo establecido en el referido artículo 431 ya trascrito. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez
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Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
La Secretaria
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Abg. ANNABELLA GARCIA QUINTANA
En igual fecha se cumplió con lo ordenado, se libro boleta y se hizo entrega al alguacil para la practica de la citación ordenada.
La Secretaria
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Abg. ANNABELLA GARCIA Q
El Alguacil Suplente
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ANDY MILLER SALZAR
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