Revisadas exhaustivamente, como han sido las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal pasa a hacer la siguiente observación: Visto que en el escrito del libelo de la demanda, la parte demandante Abogados FANY MENDOZA DE BANDRES y/o JULIO CESAR BANDRES, Apoderados Judiciales del ciudadano ANDRÉS AVELINO TÓVAR FAYARD; demandan a los ciudadanos MANUEL RAIMUNDO NOVO GÓMEZ Y RAFAEL ENRIQUE CELIS YANEZ,; Por: DAÑOS MATERIALES, CORPORALES Y MORALES, derivados por ACCIDENTE DE TRANSITO, por las cantidades de CUATRO MILLONES SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 4..060.000,00); por los daños materiales ocasionados; la cantidad de SETENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 70.000.000,00) por concepto de indemnización por lesiones corporales; y la cantidad de NOVENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 90.000.000,00) por concepto de Daño Moral, sumas éstas que excede el conocimiento de este Tribunal.-