REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala de Juicio Nº 1, Juez Unipersonal Nº 2

Valencia, 18 de Enero de 2005
Años: 194º y 145º

Visto el escrito de solicitud presentado por el ciudadano DOMINGO RAMON GONZALEZ GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.038.210, y de este domicilio, actuando en su carácter de padre y representante legal del adolescente ANGEL DE JESUS GONZALEZ CORONADO, de catorce (14) años de edad, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ENARDO RAFAEL MARTINEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nº 74.047, mediante el cual solicita AUTORIZACION JUDICIAL para proceder a cobrar y recibir en representación de su menor hijo, la suma que le pertenece por los beneficios por concepto de PRESTACIONES SOCIALES que le otorga el GOBIERNO DE CARABOBO Y OTROS ENTES COMO SEGURO SOCIAL Y CUALQUIER OTRA INSTITUCION, que haya tenido relación con la extinta ciudadana LOURDES DEL CARMEN CORONADO DE GONZALEZ, quien era en vida titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.932.194.- Visto los recaudos y actuaciones que integran el presente expediente, habiéndose notificado a la ciudadana Fiscal Especializada en Materia de Protección del Niño y del Adolescente del Ministerio Público del Estado Carabobo, según boleta inserta al folio once (11) del expediente, quien no hizo objeción a la presente solicitud; esta SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Autorizar suficientemente al ciudadano DOMINGO RAMON GONZALEZ GONZALEZ, para que en su carácter de padre y representante legal del adolescente ANGEL DE JESUS GONZALEZ CORONADO, efectúe los trámites correspondientes a los cobros de los beneficios antes descritos.- Se hace la Salvedad a los Encargados de los diferentes Organismos que únicamente la cuota parte que le corresponde al adolescente, deberán ser remitidas a este Despacho en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO CARABOBO, para ser depositado en un Instituto Bancario de esta localidad a favor del mismo y en resguardo de sus intereses.- Igualmente se hace la salvedad a los Directores del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.) y de la OFICINA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO, que se autoriza suficientemente al ciudadano DOMINGO RAMON GONZALEZ GONZALEZ, para que cobre de manera directa y permanente las PENSIONES DE SOBREVIVIENTES que le pertenecen al adolescente ANGEL DE JESUS GONZALEZ CORONADO.- Expídase por Secretaría y para la parte interesada copia certificada de la presente decisión.-

La Juez de Protección,

Abg. Flor María Torres V.

La Secretaría,

Abg. Adela Carrasco

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.


Exp. Nº S-4662
FMT/n.l.