REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 31 de Enero del 2005
Años: 193º y 145º

Visto la diligencia de fecha 18-01-05, de la cual se desprende que el ciudadano DOMINGO ERNESTO HIGUERA BADILLO, debidamente asistida por la Abogada MANUEL MARTINEZ; DESISTE de la presente solicitud de DIVORCIO, en contra de la ciudadana DAMARIS ELISA AYALA ARIAS, relacionado con la Niña DARLENYS DEL CARMEN HIGUERA AYALA; esta JUEZ UNIPERSONAL Nº 1 DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la respectiva HOMOLOGACION al Desistimiento, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia se acuerda la devolución de los documentos originales que rielan a los folios del presente expediente, dejando en su lugar copia certificada de los mismos, previo desglose respectivo, entréguese a la parte solicitante.-CUMPLASE.-
LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION

DRA. ELOISA SANCHEZ BRITO
LA SECRETARIA,

ABG. MORELA SERENO MONTOYA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.-
Exp. Nº C-12.071.-
ESB/mb.-