PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO


ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2004-001069
PARTE ACTORA: MANUEL ANTONIO MEDINA COLINA
PARTE DEMANDADA: SERVICENTRAL VALENCIA C. A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES

En el día hábil de hoy 21 de Enero del año 2005, siendo las 10:00a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que a pesar de que la parte demandada representada en este acto por los abogados DANIEL IZARRA y EFRAIN VELASQUEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 73.462 y 94.711 respectivamente concedió un lapso de espera de 20 minutos, la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 y 194.



La Juez Suplente Especial



AURIFRANCY MEAÑO BORRERO

La parte demandada



La Secretaria