GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 18 de enero de 2.005
Años 194º y 145º
DEMANDANTE: BANCO MERCANTIL C.A.
DEMANDADO: GERMAN EMILIO FERGUSSON BACAICOA E IVANA CERAFINA RAGUSA DE FERGUSSON
MOTIVO: EJECUCIÒN DE HIPOTECA
EXPEDIENTE: 48.959.-
Vista la anterior diligencia suscrita por la Abogada MARIA GUADALUPE GARCÍA SANZ, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, y visto el DESISTIMIENTO formulado este Tribunal HOMOLOGA dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Igualmente se acuerda la devolución del original del documento de crédito y en su lugar déjese copia fotostática certificada de los mismos, para lo cual se comisiona a la ciudadana Asua Alvarez de Hernández, Asistente Judicial, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente se ordena suspender la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar que pesa sobre el inmueble identificado en autos, objeto de la presente demanda, dicha medida fue decretada por este Tribunal en fecha 25 de octubre de 2.004, enviada mediante oficio Nro.1.843. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
El Juez Provisorio,


Abog. RAFAEL RICARDO GIMENEZ
La Secretaria,


Abog. MAYELA OSTOS F.
Se hizo lo ordenado. Se libró certificación. Se libró oficio Nro.054.-

La Secretaria,

EXP. Nro.48.959.-
RRG/aa.-