TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala de Juicio N° 1, Juez Unipersonal N° 3

Valencia, 19 de diciembre de 2005
Años: 195º y 146º


Vista la diligencia de fecha 14 del presente mes y año, presentada por el adolescente BRAYAN ALEXANDER SARMIENTO LAMON, debidamente asistido por la abogada IRMA FLORES DE AGÜERO, Defensora Pública N° 38, a través de la cual desiste de la presente solicitud de AUTORIZACION DE VIAJE, ésta JUEZ UNIPERSONAL Nº 3 DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION, quedando desde éste momento extinguida la relación procesal y la Instancia.- Se ordena el cierre del presente expediente y su remisión al archivo judicial en su debida oportunidad. Igualmente se acuerda la devolución de los documentos originales consignados en el expediente, dejando en su defecto copias fotostáticas de los mismos.- CUMPLASE.-

LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION,


DRA. MAGALY PEREZ VELASQUEZ


LA SECRETARIA SUPLENTE,


ABOG. DEIBYS LORETO



En la misma fecha se cumplió lo ordenado.


Exp. Nº S-5.587.-
MPV/ib.-