REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO


EXPEDIENTE: GP02-R-2005-000727
DEMANDANTE: RAFAEL MERCADO MORILLO
APODERADO JUDICIAL: ALICIA SANTANA RIVERO Y OTROS
DEMANDADO: HOGAR DE CAMPAMENTO MAMA LUISA
(EL EMPUJONCITO)
APODERADO JUDICIAL: JOSE ALEJANDRO RIVERO Y OTROS
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO


En el día hábil de hoy dos (02) de diciembre de 2005, siendo las 9:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y publica de apelación, se deja constancia que la parte demandante ciudadano RAFAEL MERCADO MORILLO, titular de la cédula de identidad Nº 1.367.053, no compareció por si o apoderado judicial, por lo que ante su incomparecencia este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la circunscripción judicial del estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDA LA APELACIÓN INTENTADA, de conformidad a lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Queda confirmada la sentencia de fecha 18 de marzo de 2002, dictada por el Juzgado del Municipio Montalbán de la circunscripción judicial del estado Carabobo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE la presente decisión. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
La Juez,


Ketzaleth Natera Z.

La Secretaria,

Abog. Joanna Chivico

En la misma fecha se publicó la presente decisión, siendo las 9:30 a.m.

La Secretaria,

Abog. Joanna Chivico

KNZ/JCH