REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
VIERNES NUEVE (09) DE DICIEMBRE DE 2005
AÑOS 195º Y 146º

Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANMARIELLY HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ., y el Alguacil Sr. ANGEL BONETT.
Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las doce meridiano (12:00 m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por el Apoderado Judicial de la parte actora, abogado LUIS FELIPE SANCHEZ, contra la decisión de fecha 14 de Octubre del año 2005, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales sigue el ciudadano GIOVANNI DE FRENZA MEIER, contra la Sociedad de Comercio CALZAMODAS, C.A.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia del ciudadano GIOVANNI DE FRENZA MEIER, titular de la Cédula de Identidad N° 17.172.340, en su carácter de Parte Actora, Parte Apelante y de su Apoderado Judicial abogado LUIS FELIPE SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.970. Igualmente se deja constancia de la presencia del abogado FRANKLIN GOMEZ N., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.694, y EDGAR SANCHEZ M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.205, en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte Demandada.
Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Actora recurrente; quien expuso las razones y alegatos que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido. Igualmente se le concedió el derecho de palabra a la parte Demandada. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino haciendo algunas acotaciones y formuló preguntas.
En este estado, siendo la 1:00 de la tarde, el Tribunal se retiró a deliberar en un lapso no mayor de sesenta (60) minutos. Siendo la 1:30 de la tarde, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por ciudadano GIOVANNI DE FRENZA MEIER, contra la Sociedad de Comercio CALZAMODAS, C.A.; PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la parte Actora; Queda en estos términos modificada la sentencia recurrida; No hay condena en costas por no haber vencimiento total.
Se ordena agregar el CD., de grabación de la presente audiencia. Se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia. De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta. Es todo, término, se leyó y conformes firman,


HILEN DAHER DE LUCENA
JUEZ




EL ACTOR Y SU APODERADO JUDICIAL,


LOS APODERADOS DE LA DEMANDADA,



ANMARIELLY HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ.
SECRETARIA



Exp. No. GP02-R-2005-000760