ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-001069
PARTE ACTORA: GIOVANNI CARDELLI PERPETUIN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JUAN FRANCISCO NUÑEZ FLORES
PARTE DEMANDADA: GAETANO BIAGGIO RINA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GUILLERMO CABRERA
MOTIVO: DAÑO MORAL

Hoy, 13 de diciembre de 2005, siendo las 03:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que habiendo sido anunciada la audiencia por el Alguacil no comparecieron por ante este Juzgado ni la parte actora ciudadano GIOVANNI CARDELLI PERPETUIN, titular de la Cédula de Identidad No. E-239.228, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, así como tampoco compareció la demandada ciudadano GAETANO BIAGGIO RINA, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En razón que el demandante ciudadano GIOVANNI CARDELLI PERPETUIN, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195 y 146.
La Juez


Abg. Beatríz Rivas Artiles

La Secretaria,

Abg. Astrid González Salazar